Según informó la Anmat, la empresa que elaboró el repelente de mosquitos vedado estaba inhibida para elaborar productos domisanitarios.
De acuerdo con la Anmat la prohibición se fundamenta en la falta de «registro de habilitación» razón por la cual el organismo lo considera como «un producto ilegítimo».
Según consignó la Anmat en julio de 2019 la empresa que elabora el repelente, Iberia SAIC, había sido inhibida para seguir elaborando y comercializando productos domisanitarios «por incumplimientos a la normativa vigente» y en 2024 «se verificó que la firma se encontraba elaborando y comercializando productos domisanitarios a pesar de encontrarse inhibida en forma preventiva».
Y advirtió que los lotes del producto prohibidos «fueron elaborados durante el período en el cual la firma se encontraba inhibida».
«En virtud de lo informado la DEGMPS sugirió prohibir la elaboración, comercialización, distribución en todo el territorio nacional y en plataforma de ventas electrónica y publicidad de todos los lotes del producto (…) e iniciar el sumario sanitario a la firma Industrias Iberia SAIC (…) por haber elaborado y comercializado productos domisanitarios sin registro ante Anmat y haber realizado tareas productivas estando inhibido».
Disposición 3282/2025:




