Con la Resolución 823/25, ARCA redujo las tasas resarcitorias, punitorias y de devolución. Es parte del plan oficial para estabilizar la economía en un contexto de menor inflación.
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Según informó ARCA, las nuevas tasas serán aplicadas a partir de la entrada en vigencia de la norma y no afectan obligaciones previas, que continuarán regidas por los regímenes que estaban vigentes en el momento en que se generaron.
Cuánto bajan las tasas: resarcitorios, punitorios y devolución
Con esta modificación, los intereses resarcitorios, que se aplican cuando un contribuyente paga fuera de término, se reducen del 4% al 2,75% mensual. Por su parte, la tasa punitoria, que se aplica a las deudas en instancia judicial o con intimación previa, baja del 5% al 3,5% mensual.
Alivio para pymes, autónomos y operadores aduaneros
La medida beneficia a personas humanas, monotributistas, responsables inscriptos, pymes y grandes empresas, tanto en el plano tributario como en el aduanero. Para muchos contribuyentes que acumularon intereses en los últimos meses, la actualización representa un alivio financiero directo y puede ayudar a mejorar las condiciones para regularizar deudas.
Además, en un contexto donde el Gobierno busca avanzar hacia un nuevo régimen simplificado y con menor presión fiscal, la baja de tasas es vista como una señal positiva para reducir el costo de mantenerse en regla.
Desde el sector privado, tributaristas y estudios contables consideran que el recorte en las tasas es coherente con el descenso de la inflación mensual, aunque advierten que, si bien mejora el clima para los contribuyentes cumplidores, aún se espera una reforma fiscal de fondo que simplifique y racionalice el sistema tributario.
Qué pasa con las deudas previas
Un punto clave de la resolución es que los nuevos porcentajes no se aplican de forma retroactiva. Para la cancelación de obligaciones cuyo vencimiento haya operado antes de la entrada en vigencia de la norma, se deberán aplicar las tasas vigentes en cada uno de los períodos alcanzados por la deuda.
Esto implica que las empresas o contribuyentes con deudas viejas seguirán viendo reflejadas en sus cuentas los intereses al 4% o 5%, dependiendo del caso, mientras que las nuevas liquidaciones aplicarán las tasas reducidas.




