El refuerzo a la Ayuda Escolar Anual se pagará de manera automática en marzo y tiene por objetivo mitigar el impacto del regreso a clases en los ya alicaídos bolsillos de los trabajadores. El refuerzo busca garantizar que todos cobren el piso de 85 mil pesos
De este modo, se busca asegurar que el beneficio no sea inferior al monto fijado como referencia para el año anterior, consolidando un piso de ingresos para los hogares con niños y adolescentes que asisten a establecimientos educativos.
La disposición exceptúa a quienes, por el cálculo habitual de la asignación, ya perciban un importe igual o superior a 85 mil pesos, para quienes no corresponderá el cobro del refuerzo adicional.
Entre los considerandos de la medida, el gobierno libertario advirtió sobre la necesidad de mantener la capacidad de respuesta del Estado frente al incremento de los costos asociados al regreso a clases y de fortalecer el acompañamiento a las familias en un momento de especial exigencia presupuestaria.
Ayuda Escolar Anual
La Asignación por Ayuda Escolar Anual, establecida por la Ley 24.714 y sus modificatorias, es una prestación económica dirigida a trabajadores en relación de dependencia tanto del sector privado como público nacional, beneficiarios de regímenes previsionales, personas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, titulares del Seguro de Desempleo, del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas por invalidez y la Pensión Universal para el Adulto Mayor, así como beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Para acceder al beneficio, las personas deben acreditar la concurrencia regular de sus hijos, menores a cargo o personas con discapacidad a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria o de educación diferencial, tanto públicos como privados. El pago de la asignación se efectúa anualmente en el mes de marzo, coincidiendo con el inicio del ciclo lectivo y con la finalidad de contribuir a solventar los gastos derivados de la escolaridad, como materiales, uniformes y otros insumos esenciales para la asistencia a clases.
Decreto 115/2026:






