EL REMERO QUE ROMPIÓ LA CUARENTENA CARGÓ CONTRA FERNÁNDEZ: «QUIERO VERTE TRAS LAS REJAS»

«Quisiste verme preso por salir a remar», dijo el deportista.

Ariel Suárez, exintegrante de la selección olímpica. Crédito: La Nación.

El remero Ariel Suárez, imputado por haber salido a remar en cuarentena en 2020, cargó contra el expresidente Alberto Fernández. A través de su cuenta de X expresó: «Quisiste verme preso por salir a remar» .

Al inicio de su publicación escribió: «Las vueltas que da la vida». «Hace cuatro años, Alberto Fernández, quisiste verme preso por salir a remar. Hoy yo quiero verte tras las rejas. Todo esto hiciste mientras nos mantenías encerrados«, señaló.

«* Causa seguros/vacunatorio vip/fiesta en olivos/gatos /fajar a tu señora», completó Suárez, quien rompió la cuarentena ya que se reanudó el fútbol en el país, y el remero exigió la vuelta de los otros deportes. El 4 de agosto del 2020 había asegurado: «El 10 pongo el bote en el agua y que me vengan a buscar. Deportes somos todos. ¿Por qué fútbol sí y el resto no? ¿Por qué discriminan a los clubes de remo? Todos la estamos pasando mal y no solo el fútbol».

Al otro día, manifestó: «Pase lo que pase, desde el lunes pienso salir a entrenar todos los días como el fútbol. No voy a permitir que mi deporte se extinga. Si permiten a los futbolistas, pues también al resto de los deportes olímpicos que tenemos el mismo derecho«.

 

 

Además, impulsó a los otros deportes a hacer lo mismo: «Ya es hora de dejar de estar con los brazos cruzados y luchar por nuestros deportes. ¿Por qué el fútbol sí y nosotros no? Salgamos para que no nos discriminen. El domingo alcemos la voz y digamos que nosotros también tenemos derecho a comenzar».

Suárez salió a ejercer su libertad, pero le labraron un acta por «no encontrarse comprendido dentro de las excepciones del artículo 6″ del Decreto 297/2020 (Aislamiento Social y Obligatorio)».

 

 

El 15 de diciembre de 2021 fue sobreseído. «La conducta de Osvaldo Juan Ariel Suárez no significó una afectación concreta, seria ni relevante del bien jurídico protegido por el artículo 205 del CP que justifique la intervención del derecho penal, máxime al ponderar las consecuencias negativas que acarrea la criminalización de una persona y éste debe ser la última ratio», indicó el texto.

«Resuelvo sobreseer a Osvaldo Juan Ariel Suárez de las demás condiciones personales obrantes en el encabezado en la presente causa N° FSM 31987/2020 del registro de la Secretaría N° 3 del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro, con la expresa mención de que la formación de este proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiera gozado», manifestó.

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