La estrategia del líder de Generación Zoe fracasó pese a que los damnificados habían aceptado recibir el dinero.
Leonardo Cositorto durante el juicio por presuntas estafas en Goya, Corrientes
Sin embargo, la estrategia fracasó. El Ministerio Público de Corrientes consideró que, además del daño a las víctimas, los imputados afectaron el orden público y la seguridad jurídica.
De esta forma, los fiscales sugirieron que el juicio continúe con las audiencias de presentación de pruebas, el análisis de todos los elementos expuestos y las declaraciones de los testigos, así como también de las 98 víctimas, que deberán presentarse ante la Justicia pese a haber aceptado el acuerdo. En caso de que no lo hicieran, se tendrán en cuenta los testimonios que aportaron en la etapa de instrucción.
Cositorto, Miguel Ángel Echegaray y Maximliano Batista están imputados como presuntos organizadores de la asociación ilícita y coautores de estafas. En tanto, Lucas Camelino,, Nicolás Medina y Javier Medina llegaron al juicio imputados como presuntos miembros de la asociación ilícita y coautores de estafas.
El viernes se había dictado un cuarto intermedio para que las partes analizaran el acuerdo económico, el cual finalmente fue declinado por la fiscalía.
“Estamos en presencia de un caso grave, que ha suscitado gran conmoción en la ciudad de Goya y ha afectado a un gran número de víctimas, y que si bien una de las calificaciones legales enrostradas a los imputados es un delito patrimonial no puede perderse de vista que también se le recrimina a los imputados la comisión del delito de asociación ilícita, en diferentes roles y, en este orden de ideas, se halla gravemente lesionado el orden público”, expuso Sotelo en su dictamen, según publicó Infobae.
El fiscal general de Corrientes consideró que “no resulta negociable que no se juzgue a los nombrados en un debate oral y público por la comisión de los delitos atribuidos y se trate de arribar a una solución de carácter dinerario, cuando existieron distintos bienes jurídicos que se hallaron comprometidos con el accionar de los encartados, máxime teniendo en consideración la existencia de una causa anterior, de similares características, que se ventiló ante los estrados de esta provincia, donde recayó condena”.



