Una causa “dormida” durante más de 15 años. La Corte sugirió evaluar la aplicación de sanciones disciplinarias a los tribunales intervinientes.

La Corte Suprema de Justicia ordenó reabrir un expediente paralizado durante más de 15 años, de solo 27 páginas y advirtió que la desidia judicial agrava el daño de las víctimas de abuso sexual infantil.
El abuso
El 18 de agosto de 2009, la madre de una niña que en ese entonces tenía 12 años de edad, denunció ante la fiscalía del distrito N° 6 de Santa Fe al tío de su hija por haber abusado sexualmente de ella en el año 2003, cuando se encontraban viviendo en la localidad bonaerense de Pilar.
Sin embargo, durante años el expediente apenas registró actuaciones: recién en 2016 se remitió a otro juzgado y en 2024 volvió a moverse, luego de múltiples idas y vueltas entre Santa Fe y Buenos Aires.
En su resolución, la Corte subrayó que “la entonces niña de doce años transcurrió toda su adolescencia (actualmente se acerca a los treinta años) sin que la denuncia tuviera actividad alguna”, y calificó esa falta de respuesta como una “grave forma de revictimización”.
Cuestionamiento a exámenes invasivos a la menor
El tribunal también consideró “inadmisible” que se hubieran practicado exámenes ginecológicos a la menor y luego se mantuviera la causa paralizada durante años.
“Resulta por completo inadmisible que un magistrado someta a una niña de doce años de edad a la realización de exámenes ginecológicos y luego mantenga la causa sin movimiento alguno durante largos años; esto es, a exámenes de por sí sumamente invasivos para el cuerpo y la intimidad de cualquier persona, pero más aún de una menor, y dentro de un contexto en el que lo que se denunciaba era que la niña había sido abusada sexualmente seis años atrás.”
Los jueces recordaron que los delitos sexuales contra niños y adolescentes requieren una “respuesta jurisdiccional rápida, eficaz y útil” y que el retardo judicial no solo vulnera el principio del interés superior del niño, sino que además “genera en la víctima el dolor de la sensación de indiferencia, impotencia e impunidad”.
La Corte dispuso devolver la causa a la justicia de Santa Fe para que la tramite “de inmediato” y ordenó comunicar el fallo al máximo tribunal provincial para que evalúe la aplicación de sanciones disciplinarias a los magistrados responsables del retardo.

