La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia y ordenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que entregue información pública vinculada al envío de lingotes de oro al exterior.
Pedidos de acceso a la información pública por el oro en las reservas del Banco Central
La causa se originó a partir de varios pedidos de acceso a la información presentados en julio y agosto de 2024, en los que se solicitaban detalles sobre eventuales envíos de lingotes de oro al exterior, las decisiones administrativas que los autorizaron, los funcionarios intervinientes, los expedientes administrativos, la contratación de seguros y la eventual intervención de la sindicatura del BCRA.
En primera instancia, el amparo había sido rechazado con el argumento de que la información se encontraba alcanzada por las excepciones previstas en el artículo 8 de la Ley 27.275, al considerar que su divulgación podía afectar la seguridad de las reservas y el funcionamiento del sistema financiero.
Sin embargo, la Cámara adoptó un criterio distinto.
Según el fallo, “la configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado”, y recalcó que es el Estado quien debe demostrar, de manera concreta, que la difusión de los datos solicitados causaría un daño a un interés legítimamente protegido.
Además, los jueces destacaron que el Banco Central no explicó “por qué no podría informar si existieron las operaciones de envío de lingotes de oro al exterior y el monto involucrado, el ámbito en que se adoptó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o la eventual notificación a la sindicatura”, entre otros puntos que consideraron relevantes para el control público.
La Cámara también subrayó que la información reclamada se vincula con “un asunto de indudable interés público”, como es la administración de las reservas internacionales, y recordó que el derecho de acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación.
En línea con el dictamen del fiscal general, el tribunal ordenó al BCRA que entregue la información solicitada o, en su defecto, que indique “circunstanciadamente y punto por punto” por qué determinados datos no pueden ser divulgados y cómo su difusión podría poner en riesgo el sistema financiero o perjudicar los intereses del organismo.
El fallo impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso.



