El gobierno resolvió segmentar, una vez más, la suba de los impuestos a los combustibles para morigerar su impacto en el dato de inflación que informa el Indec todos los meses.
La Ley 23.966 fija montos específicos en pesos por unidad de medida para naftas y gasoil, con actualizaciones trimestrales atadas al Índice de Precios al Consumidor del Indec. Sin embargo, desde hace varios años esos ajustes automáticos se aplican de forma diferida. El propio decreto reconoce que las actualizaciones correspondientes a 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025 todavía no habían sido trasladadas plenamente, y que el Decreto 617/2025 ya había postergado su impacto hasta enero de 2026.
Ese tratamiento diferencial para el gasoil mantiene su vigencia y vuelve a quedar explícito en la norma. Las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, junto con el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe, continuarán accediendo a un esquema impositivo reducido, una herramienta histórica para compensar distancias, costos logísticos y condiciones climáticas adversas.
La argumentación oficial reconoce que los impuestos están legalmente actualizados por IPC, pero considera necesario seguir dosificando su impacto para no afectar el consumo, la logística y los costos de producción en un momento en que la economía aún busca consolidar la estabilidad.
Decreto 929/2025:





