TRAS MESES SIN ACUERDO, ESTACIONES DE SERVICIO FORMALIZAN ESCALAS SALARIALES

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La paritaria define aumentos acumulados, ordena el pago de retroactivos y aclara el tratamiento de las sumas ya abonadas por las empresas, con impacto directo en los adicionales y en el haber final de cada trabajador. Los trabajadores que no cobraron ningún incremento, tendrán la posibilidad de percibir el 19 de diciembre todo el retroactivo acumulado

El sector de las Estaciones de Servicio cerró un nuevo acuerdo salarial que ordena la aplicación de los aumentos acordados en los últimos meses. El entendimiento fija reglas claras sobre cómo deben liquidarse, establece plazos concretos y contempla las distintas situaciones que se dieron en las empresas desde julio hasta noviembre.

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Entre los principales puntos del acuerdo se destaca que la actualización comprende al período julio y enero 2026. Además, se determinó que el 19 de diciembre será la fecha límite para que las empresas regularicen todos los pagos pendientes, tanto en concepto de retroactivos como de diferencias mal liquidadas.

Cabe recordar que la medida fue adoptada después de que el sindicato rechazara retomar las negociaciones desde la última revisión acordada en marzo de 2025, si antes no se actualizaban los convenios colectivos. Al respecto, los estacioneros venían alertando sobre el impacto negativo que la ausencia de recomposiciones salariales tenía en el clima laboral y en la estructura de costos.

El acuerdo, suscripto por CECHA y FECRA con el SOESGyPE, distingue entre los trabajadores que no percibieron ningún ajuste durante esos meses y aquellos que sí cobraron sumas parciales, ya sea como pagos no remunerativos o a cuenta de futuros incrementos. En el primer caso, las empresas deberán abonar la totalidad del retroactivo acumulado en un solo pago. En el segundo, se deberán recalcular los haberes para aplicar correctamente los porcentajes sobre el salario básico y los adicionales, generando también un retroactivo a favor del empleado.

Este punto resulta clave, ya que muchos de los conceptos salariales que integran el recibo, como antigüedad, presentismo u otros adicionales convencionales, dependen del básico. Cualquier aumento mal aplicado o postergado impacta directamente en esos ítems, por lo que el acuerdo obliga a revisar liquidaciones de varios meses para corregir distorsiones.

Desde el punto de vista gremial, el entendimiento busca cerrar una etapa de incertidumbre y de criterios dispares en la aplicación de los aumentos. La fijación de una fecha concreta pretende evitar nuevas demoras y asegurar que todos los trabajadores del sector lleguen a fin de año con sus salarios actualizados y en igualdad de condiciones.

En ese marco, el secretario general adjunto del sindicato de empleados de Estaciones de Servicio, Carlos Acuña (h), explicó a Surtidores el alcance práctico del acuerdo y cómo deberá implementarse en cada empresa. Según señaló, “lo que se establece es que el día diecinueve de diciembre, como fecha límite, aquellas empresas que no pagaron o que no fueron pagando los aumentos correspondientes a cada mes, lo hagan”.

Acuña remarcó que el trabajador que no cobró ningún incremento tendrá la posibilidad de percibir el 19 de diciembre todo el retroactivo acumulado. En tanto, quienes recibieron pagos a cuenta de futuros aumentos deberán cobrar las diferencias que surjan de la correcta aplicación de los porcentajes, especialmente sobre los adicionales. “Con lo cual también van a tener retroactivo de todos esos meses, de julio a noviembre”, precisó.

El dirigente sindical detalló que, si se toma el período completo, el aumento determinado ronda el 17 por ciento, al que se suma el incremento del 5,9 por ciento correspondiente a noviembre. “Tenemos varias situaciones: el que cobró como no remunerativo o a cuenta de futuros aumentos tendrá que cobrar las diferencias, y el que no cobró nada deberá recibir todo el retroactivo”, resumió.

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