La medida equipara el tratamiento tributario de las empresas cripto con el de otros actores regulados del sistema financiero. Alcanzará a los proveedores de activos virtuales registrados ante la CNV y busca impulsar nuevas inversiones en el sector.
El Gobierno nacional oficializó este viernes una ampliación de las exenciones del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, conocido como impuesto al cheque, que beneficiará a las empresas de criptomonedas registradas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), además de firmas de cobranzas electrónicas, administradoras de tarjetas y transportadoras de caudales.
A través del Decreto 475/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo eliminó una restricción vigente desde 2021 que impedía aplicar exenciones impositivas a operaciones vinculadas con criptoactivos. Hasta ahora, incluso quienes estaban alcanzados por beneficios fiscales debían tributar el impuesto cuando realizaban transacciones con monedas digitales.
Con la nueva normativa, las operaciones de compraventa de criptomonedas podrán acceder a las mismas exenciones que ya regían para otras actividades financieras. Además, quedarán exentas las cuentas utilizadas exclusivamente para operaciones con activos virtuales, siempre que pertenezcan a Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos en el registro de la CNV.
La modificación era un reclamo histórico de la industria, que sostenía que el esquema vigente generaba una desventaja frente a bancos, proveedores de servicios de pago y otros actores regulados que ya gozaban de ese beneficio.
Desde el sector destacaron que la medida corrige una diferencia tributaria que elevaba costos operativos y limitaba el desarrollo de nuevas soluciones financieras. También señalaron que la decisión fortalece el marco regulatorio para la innovación y brinda mayor previsibilidad a las empresas que operan dentro de las normas vigentes.
La Cámara Argentina Fintech sostuvo que la exención permitirá que los proveedores de activos virtuales compitan en igualdad de condiciones con otros participantes del sistema financiero. Además, consideró que la medida favorece la llegada de inversiones y el desarrollo de nuevos productos vinculados a la tokenización de activos y al mercado de capitales.
El sector de las criptomonedas ganó peso en los últimos años como alternativa de ahorro y preservación de valor frente a la volatilidad económica. Según datos recientes de la industria, las stablecoins concentran la mayor parte de las compras de activos digitales realizadas por argentinos, mientras que bitcoin continúa liderando las carteras de inversión.
Otras actividades alcanzadas por la exención
El decreto también amplió los beneficios para otros segmentos vinculados a los servicios financieros digitales. Entre ellos se encuentran las empresas dedicadas a pagos y cobranzas electrónicas, cuyas cuentas destinadas exclusivamente a esas operaciones quedarán exentas del tributo. La actualización incorpora nuevas modalidades de servicios surgidas a partir de los avances tecnológicos y amplía beneficios que anteriormente alcanzaban principalmente a firmas de cobranza extrabancaria.
También fueron incluidas las administradoras de tarjetas de crédito, compra y débito. En este caso, la exención alcanza determinados movimientos vinculados al financiamiento de sus actividades mediante préstamos bancarios u obligaciones negociables.
Por último, la medida beneficia a las transportadoras de caudales registradas ante el Banco Central, que ya no deberán tributar el impuesto por las cuentas utilizadas para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recaudado.


