LESA HUMANIDAD EN CHACO: MAZZONI Y CASCO RECIBIERON PENAS UNIFICADAS DE 14 Y 13 AÑOS

El Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó una nueva sentencia contra el exfiscal y el exjefe penitenciario. Ambos reconocieron su responsabilidad por torturas y encubrimientos durante el terrorismo de Estado.

El Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó una nueva sentencia por crímenes de lesa humanidad contra el exfiscal federal Roberto Domingo Mazzoni y el exjefe penitenciario César Pablo Casco. La jueza Mariela Emilce Rojas estableció penas unificadas de 14 y 13 años de prisión, respectivamente, tras un juicio abreviado en el que ambos reconocieron su responsabilidad por los hechos imputados.

La resolución dictada ayer miércoles 21 de octubre representa la tercera condena para cada uno de los acusados y, según el recuento difundido sobre el proceso, constituye la decimocuarta sentencia por delitos de lesa humanidad dictada en Chaco desde la reapertura de estas causas.

En esta instancia, Mazzoni recibió una condena de seis años y Casco, de cuatro. Esas penas se unificaron con las de 11 años que ambos habían recibido en 2019, hasta alcanzar los 14 y 13 años de prisión. La sentencia también dispuso su inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

Durante la audiencia del 6 de octubre, los imputados, asistidos por la defensa pública, aceptaron su responsabilidad en los delitos incluidos en la acusación. El acuerdo fue presentado por la Fiscalía y acompañado por las querellas de los organismos de derechos humanos de la Nación y del Chaco.

Sobrevivientes y familiares de las víctimas expresaron su conformidad con este procedimiento, al que consideraron una forma de obtener una respuesta judicial y avanzar en la reparación después de décadas.

Por qué fue condenado el exfiscal Mazzoni

Mazzoni fue responsabilizado por encubrimiento e incumplimientos de sus deberes de denunciar y promover investigaciones frente a las detenciones ilegales y torturas sufridas por Aníbal Ponti, Hugo Barúa y Eugenio Domínguez Silva.

En el caso de Ponti, la sentencia abordó la falta de investigación de sus denuncias de torturas en la Brigada de Investigaciones y la participación del entonces funcionario judicial en un procedimiento que atribuyó sus lesiones a problemas de higiene. En relación con Barúa, se examinó la omisión de investigar los tormentos denunciados y la falta de atención médica durante su detención.

Respecto de Domínguez Silva, la Justicia consideró que Mazzoni no impulsó la investigación de las torturas denunciadas y le dio tratamiento judicial de adulto cuando era menor de edad. La víctima también había sido retirada ilegalmente de la Alcaidía y ocultada en la Brigada de Investigaciones durante una visita de la Cruz Roja, en 1978.

Además, por disposición de la Cámara Federal de Casación Penal, se modificó la calificación de los hechos por los que ya había sido condenado en perjuicio de Mirta Clara y Gregoria Pérez: pasaron de apremios ilegales a tormentos psicológicos agravados. Ambas habían denunciado las torturas sufridas ante Mazzoni y, según los hechos acreditados, fueron intimidadas por el funcionario.

Los tormentos atribuidos a Casco

El exjefe de guardia de la Unidad Penitenciaria Federal N.º 7 fue condenado por los tormentos agravados sufridos por Carlos Raúl Aranda, detenido por razones políticas.

La sentencia estableció que, en 1977, Aranda fue sometido durante 30 días a confinamiento en una celda de castigo, desnudo, con alimentación mínima y baños de agua helada dos veces por día, en pleno invierno. Casco fue considerado responsable de la imposición y ejecución de ese castigo.

Los antecedentes judiciales

En 2019, Mazzoni y Casco habían sido condenados a 11 años de prisión en la causa conocida como Complicidad Judicial y Servicio Penitenciario Federal. Posteriormente, Casco recibió otra condena de tres años y seis meses en el juicio Caballero III, en 2021.

Mazzoni, por su parte, fue condenado en 2024 a cinco años y seis meses de prisión por su participación necesaria en tormentos agravados contra Hugo Barúa durante un allanamiento ocurrido en 1975.

La nueva sentencia se suma a los procesos judiciales desarrollados en Chaco para investigar los crímenes del terrorismo de Estado, entre ellos las causas Caballero, Masacre de Margarita Belén, Ligas Agrarias y Complicidad Judicial.

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